Estructura

La Procura tiene una implantación en todo el Estado español y se estructura bajo unos órganos de dirección que son:

CONSEJO GENERAL: Tiene funciones superiores de representación, coordinación y ejecución de los Ilustres Colegios de procuradores de los Tribunales de España y, a todos los efectos, tiene la condición de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus finalidades.

LOS ÓRGANOS REPRESENTATIVOS DEL CONSEJO GENERAL SON:

1) El Pleno: máximo órgano de representación y decisión, lo componen:

• Un Presidente Decano.
• El Presidente de la Mutualidad
• Un Vicepresidente Decano.
• Un Secretario.
• Un Tesorero.
• Un Vicesecretario
• Un Vicetesorero
• Todos los Decanos de Colegio de Procuradores de España
• Consejeros Honorarios (cuando sean expresamente convocados por el Presidente)

2) La Comisión Permanente: tiene como función atender todos los temas de importancia para la profesión y para el propio Consejo, informando de todo ello al Pleno para su ratificación:

• El Presidente Decano
• Un Vicepresidente
• El Secretario
• Un Vicesecretario
• El Tesorero
• Un Vicetesorero
• Los Presidentes de los Consejos Superiores de todas las Comunidades Autónomas de España.

3) La Comisión Ejecutiva: funciones de gestión del Consejo, informando de los temas que lo requieran a la Comisión Permanente. Está formada por:

• El Presidente Decano
• Un Vicepresidente
• El Secretario
• Un Vicesecretario
• El Tesorero
• Un Vicetesorero

LOS CONSEJOS AUTONOMICOS: Órganos directivos formados por los colegios de aquellas autonomías en las cuales las correspondientes competencias han sido transferidas. Su constitución depende de cada comunidad (órganos directivos y legislación).

LOS COLEGIOS: Son los que regulan el funcionamiento de la propia entidad y de sus miembros dentro de sus territorios.

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